Red Plurinacional sobre Contaminación Electromagnética
RED PLURINACIONAL SOBRE CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA
PLURINATIONAL NETWORK ON ELECTROMAGNETIC POLLUTION
RESEAU PLURINATIONAL SUR LA POLLUTION ELECTROMAGNETIQUE

Tercer nivel de análisis.

En esta tercera serie de consideraciones comparamos los estándares legales de Argentina (cercanos a ICNIRP) con los estándares vigentes en otros países, y jurisdicciones dentro de esos países: en muchas naciones europeas el valor límite es de 10 microvatios por centímetro cuadrado, valor que desciende aún más en jurisdicciones particulares dentro de países.
En Argentina y para frecuencias de 1800-1900 MHz el valor permitido es de 950 microvatios por centímetro cuadrado (Resolución 202/1995). Este valor es 95 veces más alto que el vigente en varios países europeos (10 microvatios por centímetro cuadrado) y 95.000 veces por encima del estándar precautorio sugerido por Cherry de 0,01 microvatios por centímetro cuadrado [2].

Cuarto nivel de análisis

Aunque Argentina en la década de 1990 elaboró y fundamentó su propia norma y sus propios límites de densidad de potencia, tales límites se inscriben "por proximidad" en las normas ICNIRP de 1998. ICNIRP es la ONG que la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera como su brazo técnico para definir valores de emisión de radiación no ionizante, aunque solamente basados en efectos térmicos aclarando, equivocadamente, que los no-térmicos tienen menos respaldo científico. Entre las consecuencias no térmicas identificadas por la buena ciencia e ignoradas en los nuevos valores adoptados por ICNIRP figuran por ejemplo las alteraciones hormonales y la depleción del sistema inmune.
ICNIRP tampoco considera efectos negativos sobre otras formas vivas, ni consecuencias sobre ecosistemas naturales (que son definidos básicamente por relaciones P/R cercana a 1, siendo "P" producción y "R" respiración). Ignoran por lo tanto la biodiversidad y la ecodiversidad en un planeta donde ambas sufren una reducción y simplificación sin precedentes.
Sugestivamente, en pleno debate sobre los efectos negativos del nuevo sistema 5G, ICNIRP reemplazó en marzo de 2020 sus criterios [7]. La nueva publicación sustituye la sección de 100 kHz a 300 GHz de ICNIRP 1998, y la sección de 100 kHz a 10 MHz de ICNIRP 2010. Flydal, Nordhagen y Hjortland (2020) publicaron un informe donde critican severamente la forma en que ICNIRP consideró la bibliografía sobre daños sanitarios y ambientales por radiofrecuencias [8].
Según ICNIRP la nueva guía cubre "las tecnologías 5G, WiFi, Bluetooth, telefonía celular y estaciones base". Anticipándose a la compleja realidad que enfrentará la ONG en función del sistema 5G, prevé actualizaciones periódicas. Su Apéndice A aborda dosimetría relevante y el Apéndice B analiza sesgadamente los efectos biológicos y sanitarios [7]. Al referirse a los nuevos criterios el presidente de ICNIRP, Eric van Rongen, efectuó la siguiente y curiosa declaración: "sabemos que partes de la comunidad están preocupadas por la seguridad de 5G y esperamos que las pautas actualizadas ayuden a tranquilizar a las personas".

Quinto nivel de análisis.

Los estándares analizados anteriormente no consideran los efectos sumados y sinérgicos resultado de la interacción entre radiación no ionizante y otros contaminantes presentes en el ambiente (energías, materiales, microorganismos), y en el organismo de las personas expuestas (materiales, microorganismos). Estas son algunas de las variables no consideradas:
a) Campos magnéticos de frecuencias extremadamente bajas. Son generados principalmente por tendidos eléctricos aéreos y subterráneos, estaciones de transformación eléctrica, transformadores eléctricos aéreos y dispositivos eléctricos diversos (en el caso de los microondas hogareños generan campos magnéticos y microondas fugitivas al mismo tiempo).

Continua.....
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